Novedades en la Renta 2016
Los empresarios en estimación directa podrán deducir como máximo 1.500€ por las primas de seguro que cubran la enfermedad del propio contribuyente, la de su cónyuge e hijos menores de 25 años en caso de ser discapacitados. Este límite es individual por cada una de las personas citadas. En caso de no tener discapacidad, el límite es el que ya se regulaba de 500€ por persona. Y tampoco se considerarán retribución en especie.
Estimación Objetiva: Para 2016 y 2017, el límite general de ingresos del año anterior no puede superar los 250.000€ y el correspondiente a operaciones por las que estén obligados a expedir factura, no podrá superar 125.000€. Asimismo, el límite en compras y servicios en el ejercicio anterior, que no pueden superar 250.000€. Ya no podían determinar el rendimiento neto por este método las actividades relacionadas con la construcción y la fabricación. Han pasado de 5 a 4 vehículos, el límite para aplicar el régimen de módulos en Transporte de mercancías por carretera y en Servicio de mudanzas. Se mantiene para el ejercicio 2016 la reducción del 5% sobre el rendimiento neto de módulos.
En cuanto integración y compensación, en 2016 se incrementa la posibilidad de compensar saldos negativos con positivos en la base del ahorro, rendimientos positivos y negativos del capital mobiliario y ganancias y pérdidas patrimoniales provenientes de transmisiones. En concreto el 15% del saldo positivo.
Por los importes devueltos por clausula suelo, no habrá que tributar, ni tampoco por los intereses indemnizatorios. Cuando los intereses excesivos fueron base de la deducción por adquisición de vivienda, habrá que añadir en 2016 las cantidades deducidas de más por este motivo en los ejercicios no prescritos, sin pagar intereses de demora. Si los intereses que ahora se devuelven hubieran sido deducidos en base, la regularización consistirá en presentar declaraciones complementarias de los ejercicios no prescritos, sin intereses de demora, recargos o sanciones.
Se modifican los porcentajes de deducción de la cuota por donativos y donaciones: por los primeros 150€ de donación el porcentaje será del 75%, y por el resto el 30%. Si se trata de donaciones recurrentes a una misma entidad, el porcentaje de deducción incrementado en 2016 es del 35%.
A partir de 2016 las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil, que venían tributando en régimen de atribución de rentas, pasan a ser contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades. No obstante, seguirán tributando por el IRPF las sociedades civiles que realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales, pesqueras, mineras, así como las profesionales en el sentido de la ley 2/2007, de sociedades profesionales.
A declarar …