Novedades fiscales del RD-ley 16/2025 en 2026
Módulos, deducciones, amortización y ayudas DANA
El RD-ley 16/2025 trae varias medidas que, si eres autónomo o tienes una PYME, te interesan por un motivo muy sencillo: afectan a cómo tributas en 2026, a qué deducciones puedes aplicar en tu IRPF, a cómo amortizas inversiones en tu empresa y al tratamiento fiscal de determinadas ayudas por la DANA en la Comunitat Valenciana.
Y no, no es de esos cambios que “ya lo veré en la Renta”: algunos se planifican mejor antes de gastar, antes de invertir o antes de cerrar el ejercicio. Vamos al grano, con claridad y sin tecnicismos innecesarios (y con el recordatorio amistoso de siempre: el papel lo aguanta todo… pero Hacienda también). Y siempre con la confianza de que uno de los objetivos de MARTINEZ ANAD CONSULTORES es “ir por delante” con nuestros clientes.
IRPF 2026: módulos (estimación objetiva) y límites prorrogados
Si estás en módulos (estimación objetiva), la primera noticia es relevante: para 2026 se mantienen los límites “ampliados” que vienen aplicándose en los últimos años. Como ya os hemos informado recientemente.
Límites generales que se mantienen:
Según el RD-ley, en términos generales se prorrogan:
- Volumen de ingresos hasta 250.000 € (125.000 € empresarios/profesionales con obligación de expedir factura).
- Compras (sin inmovilizado) hasta 250.000 €.
¿Qué significa para ti? Que, si estabas “al borde” de salirte de módulos por límite, en muchos casos sigues dentro en 2026. Pero cuidado: “seguir dentro” no siempre es “mejor opción”.
Consejo de despacho (sin dramatismos)
Antes de decidir “me quedo en módulos porque sí”, revisa:
- Si tus márgenes reales han bajado (módulos no siempre “se entera” de eso).
- Si has cambiado de modelo de negocio (más gastos, más personal, más alquileres…).
- Si te compensa pasar a estimación directa por control y deducción de gastos.
Si Hacienda fuese un videojuego, módulos es el modo “automático”: cómodo… hasta que el escenario cambia y el automático te lleva a un charco.
Y como ya hemos dicho, puedes tener la tranquilidad de que estudiamos caso por caso para proponer cambios a quienes estáis en el límite o simplemente os han cambiado las reglas de juego.
IRPF: deducciones prorrogadas en 2026 (vivienda eficiente y movilidad eléctrica)
Aquí hay dos prórrogas que conviene tener marcadas con fosforito, porque afectan a decisiones de gasto/inversión que se suelen planificar con meses.
Deducción por obras de eficiencia energética en vivienda
Se amplía el horizonte temporal de estas deducciones: las cantidades satisfechas por obras (según modalidad) pueden computar hasta el 31/12/2026, y en algunos casos se estiran plazos vinculados al alquiler/rehabilitación.
La clave práctica (y el típico “fallo tonto”):
Aquí el truco no está en la obra… está en el papel: certificados energéticos y requisitos formales. Si falla eso, la deducción “no entra”.
Qué deberías hacer para no perderla
- Guarda facturas completas (con todos los datos correctos).
- Asegura la emisión/validez del certificado energético que corresponda.
- Documenta fechas de pago y ejecución (no vale “lo pagué más o menos…”).
Deducción por adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga
Se amplía un año más: hasta el 31/12/2026.
¿Qué mirar antes de comprar/instalar?
- Que el gasto cumpla requisitos (tipología, documentación, facturación correcta).
- Si es para actividad económica, separar bien lo profesional de lo personal (especialmente en vehículos, que suelen ser “zona caliente” en comprobaciones).
Impuesto sobre Sociedades: libertad de amortización (renovables, vehículos y recarga)
Si tu empresa tributa por Impuesto sobre Sociedades, el RD-ley prorroga medidas interesantes… con la coletilla de siempre: hay condiciones.
1) Renovables para autoconsumo y uso térmico
Se prorroga la libertad de amortización para inversiones que utilicen energía renovable (autoconsumo eléctrico o uso térmico) y sustituyan instalaciones fósiles, aplicable a determinados periodos 2025–2026.
Impacto real: puedes acelerar amortización (y por tanto el efecto fiscal) si cumples requisitos. Bien aplicado, ayuda a tesorería; mal aplicado, te lo pueden discutir.
2) Vehículos “nuevos” y puntos de recarga afectos a la actividad
Se amplía la libertad de amortización para:
- Vehículos nuevos (según tipologías definidas).
- Infraestructuras de recarga (potencia normal/alta potencia), afectos a actividad económica.
Y ¡¡ojo!! documentación técnica y certificados.
DANA en la Comunitat Valenciana: ayudas exentas y ampliación de beneficiarios
Este punto es especialmente sensible (y muy relevante en la Comunitat Valenciana). El RD-ley contempla:
Exención en IRPF e IS para determinadas ayudas de la Generalitat vinculadas a la DANA
Se establece la exención en IRPF e Impuesto sobre Sociedades de determinadas ayudas de la Generalitat relacionadas con la DANA (empleo/reactivación y ayudas a autónomos), con efectos retroactivos desde 29/10/2024.
Cierre
Estas medidas no son para “leer y olvidar”: son para decidir y documentar. Y ahí es donde una buena planificación te ahorra dinero, tiempo… y ese dolor de estómago que aparece cuando llega una notificación y te arruina el café.
Aviso: La información anterior es de carácter general y no constituye asesoramiento profesional. Cada caso debe analizarse de forma individual.
LET’S GO
Gabi Martínez
Economista
MARTINEZ ABAD CONSULTORES

