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TS – IAJD – TJUE – CASACION – HIPOTECA

La mayoría sólo entiende “hipoteca”, la palabra más familiar. Pero cuidado TS (Tribunal Supremo), también puede hacerse demasiado familiar, y no sería buena señal.

Antes de nada, independientemente de lo que sus señorías acuerden o mejor dicho, reconsideren, el 5 de Noviembre, momento al que la mayoría podemos esperar antes de actuar, hay unos contribuyentes que no se pueden despistar.

El impuesto de AJD (Actos Jurídicos Documentados) que se pagó por una hipoteca firmada el 29/09/2014, no se podrá ya reclamar el 30/10/2018, dado que habrán pasado los 4 años que la ley determina como plazo de prescripción. De modo que los afectados con hipotecas de finales de septiembre de 2014 y primeros de octubre, cuidado, no podéis esperar a que el TS re-resuelva.

Para situarnos, la sentencia que nos trae cuenta, resuelve un recurso de casación, interpuesto por la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid, que el 20/4/2009 liquidó, exento de IAJD, una escritura pública de préstamo con garantía hipotecaria.

Bien, lo trascendente; el importe estimado que las entidades bancarias asumirían como deuda a pagar, que podría estar en los 4.000 millones de euros, la presión y eficacia de la misma, que ha recibido el TS, la inseguridad jurídica que esta situación crea, etc.

Pero no es sólo eso. Dice la sentencia, que ha venido observado a su progenitor, el TJUE:

“Una perspectiva amplia de los tributos que gravan el tráfico patrimonial, arroja como resultado que, con el criterio que fija la sentencia tanto el sujeto pasivo del IVA como el del IAJD pasan a ser el mismo (en ambos casos, quien presta el servicio, es decir, el prestamista)”. (banco).

Siendo una escritura que documenta un préstamo, el banco está exento de IVA, en cambio no lo estará de IAJD, pero el banco, no el cliente.

Imagina, la cantidad de operaciones asimiladas, donde, tirando de esta, se deba interpretar que el Sujeto Pasivo no es el que lo ha sido hasta ahora. Complicado de explicar en cuatro líneas, pero estamos ante un caos fiscal.

Gabi Martínez

Martínez Abad Consultores
Economista – Miembro Grupo ACE
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