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POPURRÍ

Aquí va una mezcolanza de temas, muy brevemente y dejando otros muchos en el tintero.

Para los habituales inversores/ahorradores que todavía vienen creyendo en los planes de pensiones. Si, para 2021 y siguientes, se han llevado un susto. Bueno los que aportan más de 2.000€ al año. Efectivamente, este año ese es el límite con derecho a reducción, siempre que no supere el 30% de sus rentas de trabajo o actividades, y de 1.000€ (antes 2.500€) aportados al plan del cónyuge con rentas inferiores a 8.000€. Pero ….. Sabes que si tu empresa promueve un plan de pensiones (PPSE), plan de previsión social empresarial, las aportaciones realizadas a ese plan tendrían como límite 8.000€. Es decir, que quienes tengan la oportunidad, pueden invertir hasta 10.000€ con derecho a deducción. Que la empresa pueda crear un PPSE es más sencillo de lo que parece, y pueden utilizarlo como salario en especie por las aportaciones que se hagan para el empleado. Hablamos de fidelización con beneficios fiscales para ambos.

Los gastos de comidas de los autónomos. Muchos de vosotros, y nosotros no os hemos podido defender mejor, habéis tenido que aceptar que la AEAT no considere que tengamos derecho a deducirnos como gasto de la actividad aquellas comidas que hemos tenido que realizar durante algún desplazamiento por motivos de trabajo, así como, algunos gastos promocionales, de relaciones públicas, etc. El motivo era porque no podíamos justificar fehacientemente que “ese gasto ocasionaba ingresos, ventas, etc”. Bien, el Tribunal Supremo, ha dicho que ya está bien. A deducir.

Para los potencialmente defraudadores. Un poquito más difícil. Aunque como siempre, “pillarán al tonto”.

Aquí lo más de ir por casa:

  • Se disminuye a 1.000€ el importe máximo que podrá pagarse en efectivo en las operaciones en las que alguna de las partes sea empresario o profesional.
  • Se obliga a informar sobre saldos en criptomonedas.
  • Se intenta dejar más claro el valor para tener en cuenta en los inmuebles, a la hora del Impuesto de Donaciones, Sucesiones, Patrimonio e ITP.
  • Para devoluciones improcedentes de impuesto sin requerimiento, además de los intereses de demora, se exigirán recargos.
  • Para recargos por declaraciones fuera de plazo, irá del 1% por cada mes completo.
  • Para salir en la lista de morosos con la AEAT ya sólo hacen falta 600.000€ (antes 1MM).

 

Ahí queda este popurrí. Para estudiar estas vacaciones …

 

Gabi Martínez
Economista

Martínez Abad Consultores

Miembro de Grupo ACE
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