1

Muchas novedades a la vista

Usted es consultor, pero en su despacho ¿también pueden llevarnos la contabilidad, hacer las declaraciones de IVA, las nóminas y estas cosas?, me preguntó un empresario en su primera visita. Por favor, no vivimos de escribir aquí, ni sólo de resolver consultas o dar consejos, también gestionamos todas las obligaciones legales de la empresa. Vaya por delante, para dubitativos.

Bien, llueven novedades y muchas. Advertidas están las grandes empresas y en general las que presentan declaraciones mensuales de IVA, a partir de 2017 deberán introducir directamente todos los datos de sus facturas en la Sede Electrónica de la AEAT, a cambio, evidentemente, ya no tendrán que presentar 340 ni 347.

No prescribirá el derecho de la Administración tributaria a comprobar e investigar hechos, actos, elementos, explotaciones y valores producidos en ejercicios prescritos, a efectos de determinar la deuda por la Administración tributaria, cuando sea necesaria dicha comprobación para determinar la deuda tributaria en ejercicios no prescritos.

El primer listado de deudores con la AEAT que a 31/7/15 superara el millón de euros, se publicará en el último trimestre del año.

A partir del 12/10/15, para determinadas inspecciones y circunstancias, el procedimiento podrá durar más tiempo, 18 o 27 meses, según circunstancias.

Las comunidades de bienes, mientras no cambie la norma, no serán contribuyentes del Impuesto sobre sociedades, y los comuneros seguirán tributando en el IRPF por sus rentas imputadas.

Para que una sociedad civil pase en 2016 a ser contribuyente del ISS, deben cumplirse estas dos condiciones: Tener personalidad jurídica (basta con haber pedido el NIF en la AEAT) o tener objeto mercantil, entendido como tal, la realización de una actividad económica, se exceptúan las agrícolas, ganaderas y las de carácter profesional.

Se modifica la norma de compensación de cuotas negativas en las cooperativas, de esta forma, en 2015 seguirán aplicándose los límites del 50 o del 25% de la cuota íntegra previa a su compensación para grandes cooperativas, en 2016 el límite será del 60% y, en 2017 y siguiente el límite se establece en el 70%.
Gabi Martínez
Dtor Martínez Abad Consultores
www.martinez-abad.es
Miembro Grupo ACE
www.grupo-ace.es
g.martinez@martinez-abad.es
Twitter: @gabimartinez_1