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El IVAT

Instituto Valenciano de Administración Tributaria (IVAT), nuestra AEAT más cercana, actuará bajo un programa anual siguiendo las directrices de un “necesario” del Plan de Control Tributario, concebido como un instrumento esencial dirigido tanto a la prevención como a la represión del fraude fiscal.

Algunas de las áreas de riesgo fiscal de atención prioritaria pueden clasificarse en los siguientes ámbitos

Plan relativo al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el ámbito herencias, comprende la investigación de bienes no declarados, especialmente los derivados del fallecimiento de sujetos que sean titulares de bienes en cuantía significativa. Así como declaraciones incorrectas, comprobado mediante la integración de datos procedentes del IRPF, Patrimonio y registros públicos. Y el control de la indebida aplicación de los beneficios fiscales, teniendo atención prioritaria la comprobación de la correcta aplicación de las reducciones en los supuestos de transmisiones de una empresa individual, negocio profesional o participaciones sociales, en función del parentesco con el causante.

Respecto de las Transmisiones inmobiliarias en las que se haya repercutido indebidamente el Impuesto sobre el Valor Añadido, por ausencia de condición empresarial del transmitente, en particular cuando se trate de sociedades sin actividad económica relevante, o por aplicación de algún supuesto de no sujeción, y que, por tanto, deban sujetarse al ITP y AJD. Así como, en las transmisiones de valores mobiliarios, se pretende descubrir aquellas que encubran inmuebles.

El control del depósito de fianzas por arrendamientos urbanos que no hubieren sido depositadas a favor de la Generalitat.

Y la estrella, el Plan de Control, en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio, se concentra en las siguientes áreas: • Regularización de la situación tributaria de los sujetos que, estando obligados a presentar declaración por este Impuesto, hayan eludido tal obligación. • Control de los contribuyentes desplazados de forma ficticia a otras comunidades autónomas con el objetivo de conseguir una menor tributación. • Determinación de discrepancias entre el patrimonio declarado y el imputado, a través de la comprobación de los datos oficiales existentes. • Comprobación de la procedencia de la aplicación de las exenciones previstas para activos empresariales y profesionales y participaciones sociales.

 

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Gabi Martínez
Martínez Abad Consultores
Economista – Miembro Grupo ACE
g.martinez@martinez-abad.es
www.facebook.com/GabiMartinez2016