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ASESOR vs CONFIDENTE

El secreto profesional en el ámbito tributario es la obligación legal de los asesores fiscales de mantener en secreto toda la información que hayamos recibido de nuestros clientes. Nuestra obligación y su derecho, dado que la confidencialidad es un presupuesto necesario para que se desarrolle correctamente el derecho a la defensa. Para que se nos valore por lo que somos, asesores y no confidentes.

Los economistas

En el caso de los economistas, nuestro Código Deontológico también recoge el derecho y deber del secreto, abarcando a las confidencias del cliente y de todos los hechos y documentos que hubiésemos conocido en relación con nuestra actuación profesional, extendiéndose a los empleados de nuestros despachos profesionales y colaboradores. 

La Constitución Española no reconoce de forma expresa el secreto profesional, si bien establece que “La ley regulará los casos en que, por razón de parentesco o de secreto profesional, no se estará obligado a declarar sobre hechos presuntamente delictivos.”

Disparidad

Pero existe un deber sólo aplicable a los abogados, el de no testificar o declarar en juicio en los pleitos de sus clientes y el de no denunciar los delitos que conozca por razón de su actividad profesional.

Confidente

Además, a todos, economistas, asesores, abogados y cualquier otro intermediario, la reciente norma (DAC 6) nos obliga a informar a Hacienda de los movimientos de los clientes dirigidos a extraer dinero de España a otros países, mediante una “planificación fiscal agresiva” (concepto pendiente de definir en el ordenamiento jurídico). Hacienda nos convierte en una especie de confidentes o detectives. Nuevamente nos hace funcionarios sin derechos.

Asesor

En base a todo lo anterior, el contribuyente, empresario, autónomo y otros profesionales, es lógico que experimenten una sensación de indefensión, salvo que ni soliciten ni deseen tomar decisiones al margen de la Ley. Todo se basa en la confianza y en la ética de ambas partes. Para que la confianza pueda darse entre asesor y cliente, es necesario que este tenga una garantía de confidencialidad de su asesor. Y esto no impide que podamos diseñar una planificación o ingeniería fiscal, tarea perfectamente válida, puesto que asesorar para pagar menos no sólo no es reprochable sino éticamente loable, para ello el contribuyente contratará al asesor fiscal que, aproveche las posibilidades que la ley le ofrezca, le diga qué opciones tiene y cuál de ellas es la mejor

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Gabi Martínez
Economista
Martínez Abad Consultores
Grupo ACE

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